Así, como apuntan medios catalanes, las circunstancias en las que se dio el acto vandálico y el hecho de que no existan antecedentes habrían resultado decisivos para que no se cierre el Vicente Calderón y se multaría al club de la Ribera del Manzanares con 300 euros, en caso de que los incidentes se tipifiquen como leves, una cantidad irrisoria para un club que ingresa 120 millones anuales y por la que el conjunto colchonero no impondrá medidas de seguridad extraordinarias para que la infame acción no se vuelva a repetir.
Lo ocurrido en el derbi está tipificado en el artículo 139.3.a y en el 139.3.b del Código Disciplinario de la Federación Española. El primero alude a las causas de apercibimiento y cierre cuando "los incidentes de público en general y el lanzamiento de objetos a las instalaciones y superficie de juego, en particular, que perturben de forma grave o reiterada el desarrollo del encuentro, provoquen la suspensión transitoria o definitiva del mismo o atenten a la integridad física de los asistentes".
Por su parte, el 139.3 b define como incidente grave "las actitudes violentas o agresiones que por parte del público se produzcan contra jugadores..." En vista de la normativa, dejamos que ustedes decidan si sería suficiente una sanción de 300 euros por lo ocurrido.
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